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BLOG DE DERECHO ADMINISTRATIVO Y URBANISMO

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  • Foto del escritorDiego Gómez Fernández

El Certificado COVID y la imposición indirecta de la vacunación


El profesor Juli Ponce Solé y los amigos del blog "Nudging aplicado a la Mejora de la Regulación" han tenido la amabilidad de acogerme y publicar en su blog el artículo "El Certificado COVID y la imposición indirecta de la vacunación". (Este artículo ha sido también publicado hoy 3/1/2022 en el Diario La Ley)


En él se afrontan y se intenta dar respuesta a las siguientes cuestiones:


  1. ¿Puede ser el Certificado Covid un acicate (nudge)?.

  2. Las especiales circunstancias que caracterizan a las vacunas contra el Covid-19.

  3. ¿Están las Autoridades sanitarias exigiendo el Certificado Covid para imponer indirectamente la vacunación?

  4. ¿Sería ajustada a derecho esta decisión de imponer restricciones para lograr obligar indirectamente a los no vacunados a que se vacunen?


En el artículo podrán leer los razonamientos dados. Su objetivo que continuar el debate que ya planteé antes en otras entradas (aquí, aquí, aquí, aquí, aquí, aquí aquí, aquí y aquí) sobre el ajuste a derecho de las distintas medidas de salud pública que se han ido adoptando u omitido durante toda esta ya larga pandemia del coronavirus.


Como ya he dicho muchas veces, la salud pública está siendo la nueva puerta de entrada de la vieja arbitrariedad administrativa por lo que se hace necesario ser muy escrupuloso para que la pandemia no se lleve por delante el maltrecho Estado de derecho.


En relación con el Certificado Covid el pasado 1 de diciembre "El País" y el "Diario.es" sacaron sendas noticias en las que se hacían eco de un Informe del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias del Ministerio de Sanidad (CCAES) donde decía que el Certificado Covid no era eficaz para evitar la transmisión del COVID porque los vacunados seguían contagiando en un porcentaje muy elevado.


A ello hay que sumarle otros estudios publicados en The Lancet que enlazo en el artículo que señalan que los vacunados y los que no lo están transmiten de manera similar el virus.


Pese a que el CCAES es el organismo que según el art. 2.3 de la Ley 2/2021 emitirá el informe técnico que permitirá al Gobierno de España dar por terminada la crisis sanitaria y a las obligaciones de transparencia que vinculan a las Administraciones en materia de salud pública en virtud de lo dispuesto en los arts. 3, 4 y 10 de la Ley 33/2011 General de Salud Pública, s.e.u.o. dicho Informe no se ha hecho público.


Como recordaba en esta pequeña píldora en el Congreso Novagob, el art. 103 CE obliga a las Administraciones Públicas al sometimiento pleno a la ley y al derecho. Y si las normas obligan a ser transparentes y obrar conforme al ordenamiento, así deben de hacerlo. Porque son esas normas que están obligadas a cumplir de las que deriva su legitimidad.


Si existe un informe que, tal y como había dicho la Sala Tercera en su STS de 18/8/2021, señala que el Certificado COVID no supera el triple juicio de proporcionalidad al no ser eficaz para evitar la transmisión del virus, es obligación de los Poderes Públicos en primer lugar hacerlo publico; y en segundo lugar, obrar en consecuencia.


¿Por qué no se está haciendo? ¿Cuáles son las razones de que un Informe que contiene información tan relevante para la salud de todos no se haya hecho público? ¿Y de que se siga publicitando y extendiendo el Certificado Covid cuando de la práctica y de dichos estudios se ha demostrado ineficaz para contener la transmisión del coronavirus?


La sin par generación de la Revista de Administración Pública fundada en 1950 nos mostró que era posible técnicamente tener un buen derecho administrativo sin democracia. Pero lo que la pandemia está demostrando sin lugar a dudas es que es imposible tener una buena democracia sin un buen derecho administrativo que se aplique correctamente conforme a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico.


Es de Justicia


Diego Gómez Fernández

Abogado y profesor asociado de derecho administrativo

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