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  • Foto del escritorDiego Gómez Fernández

Aerosoles y coronavirus: ¿Evidencias sólidas o indicios fundados?


Los amigos de El Confidencial han tenido la amabilidad de publicarme este artículo "La evidencia abrumadora de que los aerosoles transmiten el coronavirus" en el que insistimos en lo dicho a principios de septiembre en "La vuelta a las aulas a la luz del principio de precaución".


Ha transcurrido más de un mes y las Autoridades sanitarias siguen sin cumplir con el mandato dado por los arts. 3 y 27 de la Ley General de Salud Pública y en base al principio de precaución realizar el análisis metodológico al que obliga la ley y, en consecuencia, por una parte, adoptar las medidas de protección idóneas y por otra, informar claramente de ellas a la población frente a la cada vez más segura tercera vía de contagio del coronavirus fuera de entornos hospitalarios: La transmisión por aerosoles.


Como contamos en el artículo de El Confidencial nuestra Ley General de Salud Pública no hacía falta esperar a evidencias sólidas de la transmisión del virus por aerosoles fuera de entornos hospitalarios para aplicar medidas de protección y evitar el posible contagio por esa vía sino solamente indicios fundados. Y estos indicios fundados existen desde hace meses. Incluso desde el pasado 5 de octubre los CDC (la OMS norteamericana) califican ya como una evidencia la transmisión aérea del virus por medio los aerosoles.


Las Autoridades sanitarias estaban y están obligadas a reaccionar, aplicar la metodología prevista en la ley en base a los principios de precaución y proporcionalidad de la que hablamos en "La vuelta a las aulas, los aerosoles y el principio de precaución" y en función del resultado, tomar las medidas más adecuadas para evitar un riesgo grave para la población e informar adecuadamente de las mismas a la ciudadanía aun cuando aún pudiese existir incertidumbre científica sobre el carácter del riesgo.


Es sorprendente que después de que los Ministerios de Sanidad y Transición ecológica elaborasen el pasado 30 de julio el documento técnico "Recomendaciones de operación y mantenimiento de los sistemas de climatización y ventilación de edificios y locales para la prevención de la propagación del SARS-Cov-2” donde se hablaba de la posibilidad de contagio por aerosoles, se afirmaba que "es necesario que el aporte de aire exterior sea siempre el máximo que permita el sistema que atienda el edificio” y se preveían medidas concretas para ello, las Autoridades sanitarias no lo hayan hecho de obligado cumplimiento. A día de hoy siguen siendo como su propio nombre indica un mero conjunto de recomendaciones.

Respecto a las medidas de ventilación aprobadas para la vuelta a las aulas aprobadas en el Consejo Interterritorial de 27 de agosto a las que nos referíamos en el artículo citado ("Se ventilarán con frecuencia las instalaciones del centro, al menos durante 10-15 minutos al inicio y al final de la jornada, durante el recreo, y siempre que sea posible entre clases, manteniéndose las ventanas abiertas todo el tiempo que sea posible”), científicos de fama mundial como José Luis Jiménez ya han manifestado que esas medidas eran insuficientes.


Sin entrar en polémica científica porque no nos corresponde, lo que sí podemos afirmar es que sin haber hecho el análisis correspondiente y haber adoptado las medidas idóneas que resulten del mismo para cada caso es imposible que las Autoridades sanitarias garanticen que se cumple con el objetivo que se impone el propio Ministerio en su documento técnico de 30 de julio antes citado de que "es necesario que el aporte de aire exterior sea siempre el máximo que permita el sistema que atienda el edificio”.


Además la Universidad de California Berkeley o la Escuela T. H. Chan de Salud Pública de la Universidad de Harvard han llevado a cabo un análisis metodológico en base al principio de precaución y realizan propuestas similares a las que proponen Jiménez y su grupo de trabajo en estas FAQ que comparten en abierto.

¿Involucionamos?

Han pasado más de dos siglos desde la aprobación de la Constitución de Cádiz, símbolo de la luz de la razón y la libertad, primero frente a la imposición militar de las tropas invasoras napoleónicas y después frente al absolutismo de Fernando VII.


Sabemos que desgraciadamente con el apoyo de las demás monarquías absolutistas en aquel momento histórico acabó triunfando el rey felón y los que lo apoyaban gritando "Vivan las caenas" frente a las ideas ilustradas de progreso y razón de los liberales que tuvieron que marchar al exilio. Aquello fue una oportunidad perdida que nos desenganchó del tren del progreso.

En vista de como se lleva afrontando el cada vez más evidente riesgo que supone la transmisión aérea del virus parece que no hemos avanzado mucho.


En lugar de aplicar la legislación y reaccionar en base a criterios objetivos de un comité científico independiente, no se actúa o se hace por criterios que desconocemos. De lo que nos cuentan (la necesidad de tener evidencias sólidas para actuar), no se corresponden con los previstos en la Ley General de Salud Pública de obligado cumplimiento.

El estudio metodológico debería de haberse realizado en el verano y se podrían haber adoptado durante estos meses las medidas concretas necesarias para evitar ese posible riesgo. Con ello, es probable que no se hubiese tenido que adoptar una medida tan drástica como la que ha acordado la Generalitat de Cataluña de cerrar 15 días la hostelería


A estas alturas podríamos disponer ya de un organismo oficial o acreditado que certificase aquellos espacios cerrados que cumplen con la normativa anti-aerosoles y un servicio de inspección que lo controlase. Así podría seguirse con limitaciones con la actividad y no sufrirían tanto quebranto. Lo mismo con el turismo y los controles en aeropuertos y así un largo etcétera.


En su lugar tenemos falta de previsión, inseguridad e improvisación; padres preocupados, hosteleros enfadados y arruinados; un gran incremento de contagios y ya tenemos aquí al temido invierno, con todo lo que ello conlleva, epidemiológicamente hablando. Y todo por no haber querido cumplir con lo que dice la ley.

Un verdadero ejemplo


El domingo pasado el gran Rafael Nadal consiguió su decimotercer título de Roland Garros. Y lo hizo como es él: A base de humildad, destreza y trabajo duro, junto a ese carácter que se ha venido forjando durante todos estos años y que es un ejemplo para todos. Es además un ejemplo de resiliencia.


Una pandemia es un reto extraordinario para cualquier sociedad. En estos casos es más importante que nunca tener la humildad de Nadal y reconocer que no se puede afrontar en solitario.


Aquí tenemos la suerte de contar con una sociedad civil preparada y generosa que,como pasó cuando el Prestige asoló las costas gallegas, se ofrece a colaborar desinteresadamente. Ahí tenemos a los científicos que publicaron la carta en The Lancet pidiendo una evaluación por un comité científico independiente como José M. Martín-Moreno o que están en el exterior como el citado José Luis Jiménez, que ha ofrecido su ayuda sin ser escuchado.


El pasado jueves 8 de octubre el Ministro de Sanidad en la rueda de prensa decía que la Comisión Interterritorial del sistema de salud había acordado la constitución de "un grupo de trabajo para definir el marco y las características principales de una evaluación independiente sobre el desempeño del Sistema Nacional de Salud frente a la pandemia, es decir, definirá el marco de evaluación y quién, cómo y cuándo se realizará ésta...En el plazo de 1 mes este grupo deberá presentar su propuesta al Consejo Interterritorial de Salud". Son buenas noticias pero nos preguntamos si el avance geométrico de los contagios y los daños en la salud y en la economía se acompasan con esta exasperante lentitud administrativa...

Sorprende la renuencia y lentitud en cumplir unas leyes frente a la celeridad en reformar otras como la Ley Orgánica del Poder Judicial para nombrar por mayoría absoluta el Consejo General del Poder Judicial en lugar de por 3/5 como está ahora.


La prisa es tal que los partidos políticos que forman el Gobierno de España llegan hasta el punto de presentar la reforma como una proposición de ley para evitar los informes del Consejo de Estado y del CGPJ, lo que es inaceptable como bien explica en este artículo el profesor Villar Ezcurra.


La Constitución nos obliga a todos


Las Autoridades sanitarias están sometidas a la ley como expresión de la voluntad del pueblo español, titular de la soberanía nacional y del que emanan todos los Poderes del Estado (arts. 1.2 y 103 CE).


Si las Administraciones no cumplen con las obligaciones que les impone la Ley General de Salud Pública están incumpliendo también la Constitución. Y si no lo hacen ya provocarán que la crisis sea mucho mayor y que la historia se repita. Quedaremos una vez más descolgados de otros países como Alemania que ya ha aceptado el riesgo que suponen los aerosoles y está informando claramente a su ciudadanía,


No permitamos que esto vuelva a suceder. Este país y su gente no nos lo merecemos.

Actualización 26/10/2020: Finalmente el pasado jueves 22 de octubre el Consejo Interterritorial de la Comisión Nacional de Salud aprobó el documento "Actuaciones de respuesta coordinada para el control de la transmisión de COVID-19" en el que reconocen a los aerosoles como vía de contagio fuera de entornos hospitalarios, recalcando el riesgo que se corre en espacios cerrados mal ventilados.


Sin embargo, hay que decir que dicho reconocimiento no ha llevado aparejado el necesario cambio de los protocolos de seguridad en, por ejemplo los colegios, institutos y Universidades, que siguen con las medidas claramente insuficientes tomadas antes de que las Autoridades sanitarias reconociesen esa incidencia de los aerosoles.


Y eso cuando un día antes, el 21 de octubre, el Centro Superior de Investigaciones Científicas, dependiente del Gobierno de España, más concretamente del Ministerio de Ciencia e Innovación había sacado este Manual que "da las pautas para la ventilación y purificación del aire según el volumen de la sala, el número y la edad de los ocupantes, la actividad realizada y la incidencia en la región".


Es necesario que se actualicen los protocolos ya porque si no, no se está garantizando la protección de la salud del alumnado y profesorado y, por ende, de toda la comunidad.


Actualización 21/11: El Ministerio de Sanidad finalmente el pasado 18 de noviembre, casi un mes después de que reconociese que los aerosoles son un medio de contagio del coronavirus fuera de entornos hospitalarios ha sacado el documento "Evaluación del riesgo de contagio del SARS-COV-2 por aerosoles. Medidas de prevención y recomendaciones".


En él se recogen ya todas las medidas que desde hace meses llevan recomendando el grupo de expertos internacionales donde se encuentra el profesor Jiménez, la Escuela T. Chan de Salud Pública de la Universidad de Harvard y desde hace un mes otro Ministerio, el de Ciencia e Innovación, del mismo Gobierno de España a través del CSIC de los que hemos hablado, incluidos los medidores de CO2 para detectar si la renovación de aire es la correcta o los ya famosos filtros HEPA.


Llama la atención que la única referencia que realiza este documento al principio de precaución sea precisamente para referirse al uso de estos filtros HEPA.


Si realmente el Ministerio de Sanidad hubiese cumplido como debería con la ley aplicable y respetado dicho principio de precaución hubiese tomado estas medidas hace meses cuando ya había indicios fundados, sin esperar a las evidencias para adoptarlas.


Quien sabe de haberlo hecho cuantas vidas, sufrimiento y pérdidas económicas se hubieran evitado. Esperemos que al menos sirva de aprendizaje para no volver a repetirlo nunca más.

Es de Justicia


Diego Gómez Fernández

Abogado y profesor asociado de derecho administrativo


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